sábado, 1 de enero de 2011

Tema 4. Rasgos de España y ordenación del territorio.

  • Centralismo: es el sistema de organización estatal cuyas decisiones de gobierno son únicas y emanan de un mismo centro. El centralismo es un modelo de gobierno en el que las decisiones políticas se toman desde el gobierno central.




  • Comunidad autónoma: es una entidad territorial que está dotada de autonomía legislativa y competencias ejecutivas, así como de la facultad de administrarse mediante sus propios representantes. La estructura de España en comunidades autónomas se recoge en la Constitución Española de 1978.













  • Constitución: es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de España, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España,en vigor desde el 29 de diciembre de 1978. La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre del mismo año. La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada Transición Española.













  • Continentalidad: factor climático debido al mayor o menor alejamiento del mar y a la influencia de las masas de tierra. Las regiones alejadas del mar tienen unas oscilaciones térmicas muy acusadas, por causa del calentamiento y enfriamiento rápido de las masas sólidas en oposición a las masas líquidas, donde estos procesos son más lentos.






  •  Dictadura franquista: periodo de la historia de España correspondiente con el ejercicio por el general Francisco Franco Bahamonde o el caudillo de la jefatura del Estado y con el desarrollo del franquismo, esto es desde el final de la Guerra Civil Española en 1939, hasta su muerte y sucesión en 1975




  • Estatuto de autonomía: es la norma institucional básica española de una comunidad autónoma, reconocida por la Constitución española de 1978. En él se recogen, al menos, la denominación de la Comunidad, la delimitación territorial, la denominación, organización y sede de las instituciones autónomas, las competencias asumidas y, si procede, los principios del régimen lingüístico.













  • Municipio: es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias, pudiendo hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea. El municipio está compuesto por un territorio claramente definido por un término municipal de límites fijados y la población que lo habita.














    • Provincia: es una entidad subnacional por lo general inmediatamente inferior al Estado. Es una división territorial de España, reconocida en la Constitución española. Actualmente, en España hay cincuenta provincias.










    • Región: es un término geográfico que designa un área o extensión determinada de tierra o agua más pequeña que el área total de interés, Así, una región puede ser vista como el conjunto continuo de unidades más pequeñas, o como la sección de un todo más grande.











    • República: es un sistema político que se fundamenta en la constitución y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de los más fuertes, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos. A su vez la república escoge a quienes han de administrar la cosa pública mediante la representación de toda su estructura mediante el derecho a voto.






    • Romanización: fue el proceso de aculturación de las zonas conquistadas por Roma durante la República Romana o durante el Imperio. Mediante este proceso los pueblos autóctonos conquistados empezaron a usar tecnologías, instituciones políticas y religiosas, formas organizativas o principios de derecho de tipo romano, y en muchos casos también pasaron por un proceso de sustitución lingüística, por el cual pasaron poco a poco a usar latín.


No hay comentarios:

Publicar un comentario